Sin
duda la institución jurídica de mayor aplicación en nuestros días a partir de
la Constitución de 1991 es la Acción de Tutela, miles de acciones de este tipo
llegan a diario a los Juzgados del país, debido a la vulneración de derechos
fundamentales que se genera cada vez en mayor medida por parte de entidades
públicas y privadas por lo que los ciudadanos acuden a este mecanismo en búsqueda
de la protección inmediata por parte de un Juez.
Sin
embargo, muchos ciudadanos desconocen que en diversas ocasiones los Jueces al
emitir decisiones judiciales, también pueden incurrir en acciones u omisiones
que vulneren sus derechos fundamentales que pueden ser protegidos a través de
la acción de tutela.
Teniendo
en cuenta el objeto didáctico de este Blog, explicaremos un caso concreto
en el cual procede la acción de tutela contra decisiones judiciales:
“Laura Caceres inicia un
proceso de Fijación de Cuota de Alimentos contra Pedro Macias en su condición
de padre del menor Carlos Macias Caceres. Luego de todo un proceso en el que la
señora Laura demuestra con documentos que el señor Pedro devenga un salario de $3.000.000
el Juez Sexto de Familia de Bogotá decide fijar la cuota alimentaria a favor
del menor en $150.000 sin tener en cuenta la capacidad económica del demandado”
En
tal caso, y teniendo en cuenta que la sentencia dictada por el Juez Sexto de Familia
de Bogotá eventualmente vulneraría los derechos fundamentales del menor de edad
así como de su señora madre, pues no analizó, ni tuvo en cuenta las pruebas
allegadas por Laura Caceres, ella podría interponer una acción de tutela en
contra de la sentencia dictada por el Juez alegando la violación de los
derechos fundamentales.
Es
imprescindible que el lector tenga en cuenta que no toda irregularidad cometida
por un Juzgado vuelve automáticamente procedente la acción de tutela, puesto
que el interesado tiene la posibilidad
de acudir a los mecanismos legalmente establecidos (recursos de reposición,
apelación, suplica etc) para solicitar la protección de sus derechos, dado que la
acción de tutela solo es procedente ante la falta de otros mecanismos de
defensa.
En
el caso expuesto anteriormente como ejemplo, dado que contra la sentencia que
fija la cuota alimentaria a favor del menor no procede ningún recurso por ser
de única instancia, la señora Laura Caceres puede acudir a la acción de tutela
exponiendo la vulneración a sus derechos fundamentales.
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